Jurado popular

No lo hizo con una pata de cabra pero mató a su exmujer: le caen 27 años y no podrá acercarse a sus hijos

El asesino de Escatrón, Zaragoza, tampoco podrá acercarse a sus hijos en los próximos 30 años

Ezequiel Hernández, condenado por asesinar a su exmujer.
Ezequiel Hernández, condenado por asesinar a su exmujer.Aragón TV

Ya hay sentencia unánime de este jurado popular de la Audiencia de Zaragoza. Ezequiel Hernández Granado ha sido condenado a varias penas que, en su conjunto, acumulan 27 años de prisión por el asesinato de su exmujer (Mari) en Escatrón, provincia de Zaragoza. Porque el ya condenado cumplió para siempre con su amenaza la madrugada del 10 de septiembre de 2025. Por desgracia.

Le dijo que le escacharía la cabeza con una pata de cabra, y lo cumplió, aunque utilizando una barra de metal: este carpintero jubilado de 75 años se desplazó en el citado día desde Zaragoza, quebrantando la orden de alejamiento que le separaba de la víctima, para llevar a cabo tan horroroso crimen. Le asestaría fuertes golpes, los más graves en la cabeza. Al tercer día de su ingreso en el hospital, esta falleció por la gravedad del traumatismo craneoencefálico que le originó.

Tendrá que indemnizar a cada uno de sus hijos con 100.000 euros

Por esto último, la jueza magistrada Natividad Rapún le ha condenado a 21 años de prisión por el delito de asesinato, a otros tres por el delito de amenazas, a otros dos por el delito de maltrato y a uno último año por el de quebrantamiento de la orden de alejamiento. Pero además, Ezequiel tendrá que indemnizar a sus tres nietos con 20.000 euros a cada uno y 100.000 a sus tres hijos, a quienes no podrá aproximarse durante 30 años.

Del principal de los delitos, el cruel asesinato con el que terminó con la vida de la madre de estos, el jurado popular no ha tenido ni una sola duda desde el comienzo del proceso judicial. Y es que el mismo condenado habría reconocido la autoría de los hechos a la patrulla de la Guardia Civil que se acercó al lugar del crimen, de ahí que la controversia del juicio fuera más bien su estado mental al alegar que lo hizo en pleno "delirio celotípico", una explicación que los miembros del jurado descartaron de ipso facto. Es decir, el tribunal no le reconoció una merma intelectual por trastorno psíquico pero sí le libró de la prisión permanente revisable.

El condenado puede recurrir la sentencia

Así pues, el veredicto del jurado ubicó la horquilla penal entre los ocho años de prisión que solicitó su abogado defensor, Francisco García Berenguer, y los 33 años que pedía la acusación particular por parte de Pilar Azcón. A ellos se sumaba la petición de 29 y 28 años de prisión que respectivamente solicitaron el fiscal Raúl Miranda y la acusación popular del Ejecutivo aragonés, representada por José Luis Gay. El fallo no es firme y podría ser recurrido a estancias judiciales superiores.

OSZAR »